IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Lunes, 24 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
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IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-06: 3,049 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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Ana · Madrid · Viernes, 24 Nov. 2017 | 12:28:28 AM · nº 4082
Para todos aquellos que, hayan iniciado el procedimiento y, no tengan medios económicos para continuar y quieran continuar, os planteo la posibilidad de solicitar JUSTICIA GRATUITA de esta forma dilatais el procedimiento hasta nombramiento abogado de oficio y, en caso de perder con condena en costas estáis exentos de abonar costas salvo mejor fortuna en los cinco años siguientes.

Por otra parte, YO ESTOY DISPUESTA a hacer los RECURSOS SIN COSTE ALGUNO - sólo para aquellos que no tengan medios económicos- pero el problema es la condena en costas.

Aquellos que, no puedan esperar más tiempo que, se acojan a la la LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD - reestructurar deuda-. Aquí me pierdo un poco respecto de los requisitos pero, si alguien está en esa situación me informo y os comento - NO HAY QUE IR A JUICIO-.

Un poquito de humor " NO SOY LA PITONISA LOLA" pero, sólo deciros que la batalla no está perdida. SOMOS MUCHOS.LA ESPERANZA ES LO ÚLTIMO QUE SE PIERDE.






Responder
JoseG · Asturias · Viernes, 24 Nov. 2017 | 01:31:54 PM · resp. nº 362
Gracias Ana por tu generosidad ,tu optimismo y tus animos
sonia · madrid · Lunes, 03 Junio 2019 | 04:32:57 PM · resp. nº 1137
hola ana
he visto bastantes comentarios tuyo
estoy buscando una abogada en madrid para llevar el irph.
el problema es que tengo una hipoteca compartida con mi ex pareja y tiene irph...... quiero arreglarlo sin perder lo de irph. me gustaria que me asesore alguien es dificil encontrar a gente k quiera llevar irph.
te dejo mi correo soniarodrigopradillo@gmail.com
por si te interesa llevar el caso. gracias
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manuela · Sevilla · Jueves, 23 Nov. 2017 | 10:38:58 PM · nº 4081
Tengo hipoteca con UCI como muchos otros. Ayer fui a ver a un abogado quién me dijo que la batalla contra IRPH era perdida y que podía reclamar los gastos. Me dijo además que me fuera pasando al Euribor porque se estima q ronde el 2 %
para el 2020...
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 23 Nov. 2017 | 11:23:00 PM · resp. nº 357
Hola manuela,

Quizá no hace falta ser tan contundente porque no es la primera vez que el TJUE lleva la contraria al Supremo. HAY ESPERANZA. Como sucedió con el suelo.

Sin embargo con la información actual NO INICIAR un proceso judicial por IRPH sabiendo lo que sabemos es algo que secundarían la mayoría de abogados como norma general. Es un gran riesgo que solo podría atender a casos particulares. Cada caso es cada caso. Sin embargo, hay personas que se han visto con el proceso en marcha y se encuentran en que tienen que lidiar con la decisión.. Deben valorar la idoneidad de proseguir o no atendiendo a su problemática.

En cuanto a pasarse al euribor, es muy probable que me falte información para valorar la razón por la que su abogado se lo ha comunicado, pero, en principio, eso debe quedar pactado con el banco que es probable que rechace la petición. No es algo que se pueda hacer si uno lo desea. Existe un contrato hipotecario. Los bancos se van a agarrar a esta sentencia y salvo sorpresa no van a querer dejar de ganar por las hipotecas por irph que tantos ingresos le dan dado por las buenas.

Falta analizar por completo la sentencia cuando se publique para valorar y tomar decisiones. Aún hay cómo pelear. Quien desea que valore su caso un abogado de forma gratuita: www.reclamapormi.com
Antoniomur · Murcia · Viernes, 24 Nov. 2017 | 07:18:47 AM · resp. nº 359
Hola manuela, si tu hipoteca es de UCI, es posible que tenga más cosas reclamables a parte de los gastos. Es extraño que tu abogado no haya visto ninguna otra irregularidad.
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Silvia · Vitoria-Alava · Jueves, 23 Nov. 2017 | 10:20:56 PM · nº 4080
Hola, mi caso es el siguiente: Mi hipoteca empezó a bajar, hasta que dejo de hacerlo. Pensaba que era normal, hasta que hablando con una amiga, me di cuenta de que no era normal que su hipoteca siguiera bajando y la mía no. Revisamos los papeles de mi escritura y tengo IRPH + 0,50%. Mi amiga esta pagando mucho menos, ¡y cada año le baja¡ y yo pago más que ella y llevo ya mucho tiempo que no me baja. Mi amiga dice que no es normal, porque dice que el IRPH también baja, menos que el Euribor, pero que también baja. Estoy echa un lío. ¿Cómo puedo asesorarme y que me devuelvan todo lo que estoy pagando de más? No tengo tiempo para ir a mi banco, ni siquiera para llamarles por telefono, siempre trabajo cuando el banco esta abierto. Y tal como estan las cosas no voy a pedir permiso.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 23 Nov. 2017 | 10:33:59 PM · resp. nº 356
Hola Silvia,

Sin analizar las escrituras hay que ser cautos, pero basándonos en lo que dices, es muy probable que tengas además de IRPH, cláusula suelo.

Son dos cláusulas que se pueden dar a la vez en un contrato hipotecario. Lamentablemente los bancos han incluido durante años estas cláusulas en las hipotecas. Una muestra más de un auténtico abuso.

Si quieres, puedes ponerte en contacto con www.reclamapormi.com y un abogado revisará tus escrituras sin compromiso. Además, en la calculadora de la web puedes calcular irph y clausula suelo simultáneamente o por separado.

Si tienes dudas y te resulta confuso ponte en contacto y un especialista te ayudará.
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jordi · castelldefels-barcelona · Jueves, 23 Nov. 2017 | 08:19:32 PM · nº 4077
tengo irph desde 2001 y creo que estamos más cerca de que comiencen a subir el irph a que lo declaren nulo . acaban de dar carta blanca a los bancos para hacer lo que les de la gana.
Responder
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Antonio · Murcia · Jueves, 23 Nov. 2017 | 07:06:32 PM · nº 4076
Ni una palabra en la radio ni en la tele, parece que el problema no tiene importancia para nadie. Al menos yo no he visto ni oído nada.
Responder
Marcos · Jaen · Jueves, 23 Nov. 2017 | 07:11:16 PM · resp. nº 350
Nada de nada , increíble ,, alguna explicación?? Porque no dicen nada?? Pero es k nada de nada
German · Malaga · Jueves, 23 Nov. 2017 | 07:36:18 PM · resp. nº 351
Hay q hacer una convocatoria aunque sea a nivel andalucia,porque veo q la gente aqui habla mucho pero no queremos levantarnos del sofa........ Aunque sea saldremos en canal sur
Marcos · Jaen · Jueves, 23 Nov. 2017 | 07:45:15 PM · resp. nº 352
Claro k si.. Un grupo en Facebook irph andalucia y hacer una kedada . Y k venga quien kiera,, tenemos k salir a la calle ,, es increíble q pasen de nos como de la mierda

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Ana · Madrid · Jueves, 23 Nov. 2017 | 06:17:27 PM · nº 4075
No nos podemos DESANIMAR, nadie o al menos yo dijo que este tema fuera fácil siempre recomendé PRUDENCIA. Por otra parte y, en contra de las explicaciones vertidas en este foro por algunos profesionales, el TJUE no es una cuarta instancia y, la Sentencia emitida por el TS no tendrá acceso al TJUE. Para llegar al TJUE es necesario que algún JUEZ dentro de otro procedimiento, NO EN ESTE PROCEDIMIENTO, platee la cuestión - vía cuestión prejudicial ante el TJUE- y, no me cabe la menor duda de que se hará, de eso estoy segura. Recordad el tema de las CLÁUSULAS SUELO NO FUE FÁCIL pero al final se consiguió y mereció la pena. En cualquier caso, vamos a esperar a ver que dice la ST que, seguro que hay un voto particular. ÁNIMO Y SEGUIMOS.

Por otra parte, a los de reclama por mi, ahora no tenéis tiempo material para contestar y, sin embargo antes de conocer la SENTENCIA SÍ?.
Responder
Ana · Madrid · Jueves, 23 Nov. 2017 | 06:18:45 PM · resp. nº 345
Y ESTA ST NO SE PUEDE LLEVAR AL TJUE, como dices.
Paco · Sevilla · Jueves, 23 Nov. 2017 | 06:38:05 PM · resp. nº 348
Muchas gracias Ana!!!!
Ánimo gente .!!!! Si se puede
sonia · Santander · Jueves, 23 Nov. 2017 | 06:50:36 PM · resp. nº 349
Gracia Ana por pasarte por el foro ,no se si leiste mi mensaje de ayer en el que pedia que nos asesoraras un poco,muchas GRACIAS,espero que sigas por aqui.

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Edén · Cádiz · Jueves, 23 Nov. 2017 | 05:40:42 PM · nº 4074
He puesto un comentario de salir a la calle, de ir a las puertas de los juzgados de Cádiz,la gente de aquí de Cádiz y alrededores , que parece que nos da igual todo. Y me lo han borrado, me lo han borrado !!!
Responder
Miquel · Sabadell · Jueves, 23 Nov. 2017 | 06:10:08 PM · resp. nº 344
Yo veo que en este foro se puede opinar libremente, no se... puede que hayas aprovechado para sacar temas políticos o hayas dicho palabrotras o insultos... Yo creo que todas las cosas se pueden decir igualmente, pero con respeto... todos estamos enfadados, ya sabemos lo que hay, así que mejor expresarse bien y que tus comentarios sirvan de ayuda... es mi opinión, pero haz lo que quieras
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Alvaro · Cantabria · Jueves, 23 Nov. 2017 | 04:53:55 PM · nº 4072
Hola amigos, en este articulo explican bastante bien como esta el tema.
https://m.elblogsalmon.com/productos-financieros/el-irph-es-transparente-segun-el-tribunal-supremo-falta-saber-si-es-manipulable
Responder
Susana · Taramundi-Asturias · Jueves, 23 Nov. 2017 | 06:35:56 PM · resp. nº 347
Sigo sin entender nada, si el Tribunal Supremo dice que el IRPH es transparente, no creo que se pueda hacer absolutamente nada. Se que soy pesimista, pero es que según dicen se ha perdido una batalla muy importante...
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Sergio · Cadiz · Jueves, 23 Nov. 2017 | 04:23:30 PM · nº 4071
En mi caso tengo el juicio en junio por irph y suelo, sería posible el desestimiento de solo el irph Javier o tendría que ser de todo y empezar de nuevo con el suelo?los 1800 euros que dices es el coste del desestimiento siempre o una media que sacas?
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 23 Nov. 2017 | 05:21:41 PM · resp. nº 343
Hola,

Me gustaría poder contestar a todos pero no tengo tiempo material para hacerlo.

Por favor, los afectados que quieran asesorarse por un abogado les aconsejo que dejen su caso aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/ y responderemos en menos de 24h y los que quieran informarse sobre todo lo referente al IRPH y la sentencia y ver opciones estoy intentando responder a todas las cuestiones generales aquí intentando informar con el máximo detalle: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/210-sentencia-del-tribunal-supremo-sobre-irph-como-clausula-abusiva.html

Si alguien considera que debo explicar mejor algún punto simplemente que me lo haga saber ya que todo es muy reciente y estamos estudiando cada posibilidad.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 23 Nov. 2017 | 04:17:23 PM · nº 4070
Hola a todos,

Soy Javier López de Reclama Por Mí otra vez. He estado a lo largo de meses asesorando a personas afectadas por IRPH en relación a sus consultas debido a la complejidad del tema en este foro.

Una vez más y después de analizar detenidamente las últimas informaciones y las consecuencias que se derivan hemos dejado por escrito en www.reclamapormi.com mucha información de interés sobre el IRPH que esperamos que os sea útil y aclare dudas.

Una vez más vuelvo a indicar que quien lo desee puede consultar a una abogado de forma gratuita en la web de www.reclamapormi.com sin ningún compromiso para saber qué hacer y que le asesore ya que aunque es completo el análisis que sigue, cada caso es único y requiere estudiarse bien.

Este es nuestro primer análisis a la espera de la sentencia completa que nos arrojará más luz sobre el tema.

POR FAVOR LAS CONSULTAS DIRECTAMENTE EN LA WEB DE WWW.RECLAMAPORMI.COM PORQUE ES MUY DELICADO CADA ASUNTO Y REQUIERE ESTUDIARLO. COMO MI COMENTARIO DESAPARECE CADA CIERTO TIEMPO POR LAS DEMÁS ENTRADAS REPETIRÉ ESTE COMENTARIO REITERADAMENTE.






El Tribunal Supremo se ha pronunciado a favor de los bancos sobre el IRPH este 22 de noviembre.



El Supremo no tumba el índice IRPH al no considerarlo abusivo ni opaco. "La mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad."

Aquí me gustaría hacer incapié en las palabras "la mera referenciación no implica..."
Es decir, que ha considerado que ha sido transparente el caso juzgado. Sin embargo en otros casos habría que analizarlo. Hay que esperar a tener la sentencia que aa´n no ha salido. Se juzgaba un caso concreto, no el de cada afectado.




¿Queda alguna esperanza para los afectados?



Quien esté afectado debe saber que no todo está perdido.



En primer lugar hace falta poder analizar la sentencia que estará accesible pronto para ver los fundamentos jurídicos y poder analizar bien qué ha sucedido.



Hay que recordar, que la cláusula suelo también es legal. Quienes están afectados lo que reclaman es la falta de transparencia al commercializarla no su legalidad y depende de cada caso.



Aquí radica la importancia de conocer la sentencia exacta y sacar conclusiones.




Aunque la sentencia es contraria todavía se puede llevar al TJUE que es una instancia superior al Supremo.









¿Qué hago ahora si estoy afectado por IRPH?



Si estás afectado debes saber que los bancos tienen el respaldo del Tribunal Supremo y las garantías de éxito son muy bajas.





Por lo que desde Reclama Por Mí damos estos consejos basados en 4 supuestos a personas afectadas:



1- Que no se haya iniciado ningún trámite para reclamar:



En este caso lo mejor es mantenerse a la espera de nuevas noticias para ver cómo proceder. No iniciar ningún proceso judicial ya que tiene conscuencias legales. Desde Reclama Por Mí, únicamente tramitaremos la reclamación extrajudicial al banco que no nos compromete a nada a nivel legal y nos da la opción de que el banco le proponga un acuerdo o bien que la deseche y tengamos material para una futura demanda si el TJUE da la razón a los afectados.







2- Que se haya iniciado la reclamación extrajudicial pero no la demanda:



En este caso, la demanda no ha sido procesada y como hemos dicho anteriormente no tiene consecuencias legales. Podemos estar a la espera de lo que sucede y si el TJUE nos da la razón proceder a demandar.







3- Si no se ha admitido a trámite la demanda aún, archivar la causa:



Se podrá solicitar al abogado que presente un escrito solicitando el archivo de la causa y con esto se finalizaría el procedimiento sin gastos. O en el caso de que para la admisión a trámite de la demanda hubiese que subsanar un defecto como podría ser el otorgamiento de poder "Apud Acta" no realizar la menciona subsacionación dejando así que muriera el procedimiento sin coste alguno para el cliente.







4- Que se haya admitido a trámite:



En este caso el proceso está en marcha y nos enfrentamos a una decisióm importante. Hay que decidir si:



A- Presentamos un desestimiento



En este caso nos enfrentamos a dos supuestos:



1- Si todavía no hasido la audiencia previa: cuando llegue el día se presenta un desestimiento por la acción de nulidad de IRPH y en principio no nos enfrentaríamos a costas.



2- Si ya ha sido la audiencia previa: nos enfrentaríamos a que nos condenen en costas (si el abogado de la otra parte reclama las costas tendremos que pagar), pero NO se consideraría cosa juzgada y por tanto, en el futuro, si el TJUE nos da la razón podríamos iniciar una nueva reclamación y recuperar lo pagado de más.









B- Seguimos adelante:



Nos exponemos a perder el juicio por IRPH con altas probabilidades. ¿Pero por qué podría ser una opción seguir adelante? Porque si has presentado tu caso reclamando IRPH + gastos de hipoteca, muy probablemente la reclamación por gastos de hipoteca los ganes ya la jurisprudencia es a favor del cliente y, si ganas una parte de las cuestiones que reclamas, el juez debería dar una estimación parcial de tu caso y no te condenarían en costas.



¿Cuál es el problema de esta opción? Que el caso por IRPH sería juzgado y en el futuro si no recurrimos no podríamos reclamar ante el TJUE porque se consideraría cosa juzgada. Recurrir constatemente a la espera de una decisión que no tiene por qué ser a nuestro favor con un futuro incierto es un consejo que desde Reclama Por Mí no estamos dispuesto a dar ya que supone constantes costas en contra si no ganamos.



Por lo que la decisión a tomar es: Prefiero seguir adelante sabiendo que en el futuro no podré reclamar por IRPH si el TJUE lo declara nulo o bien, si mi reclamación ha sido presentada con gastos, ¿sigo adelante y al menos no me condenan en costas hoy aunque pierda la posibilidad de reclamar en el futuro?





Como muchos de vosotros si os encontráis en esta situación es posible que no sepáis que hacer ponemos un ejemplo:



Imaginad que se ha presentado la demanda por IRPH + gastos en Bilbao. Resulta que mi causa ya ha sido admitida a trámite y no puedo echarme atrás sin riesgo. Tengo que decidir si sigo o si no.



Si ganamos por los gastos donde hay altas probabilidad de ganar (existe el riesgo de que no sea así), nos darán una estimación parcial y no pagaremos costas, por lo que recuperaremos por unos gastos medios 2000€ y dejaremos de perder 1.800€ en concepto de costas (En bilbao las costas son 1.800€)



Sin embargo, si elige esta opción debe saber que su caso, si no lo recurre (cada vez que recurra debe pagar costas si pierde, sin garantías), no podría reclamar en el futuro al TJUE porque su caso estaría juzgado y hay que ser muy conscientes de lo que nos jugamos:



Un cliente con una hipoteca de 180.000€ a 30 años, con un fijo de 0,5% si el índice IRPH Entidades se declara nulo le devolverían: 134.000€ y si en vez de nulo lo moderan y lo sustituyen por el Euribor 35.000€.





En resumidas cuentas, el escenario podría ser el siguiente: ¿prefiere recuperar 2000€ ahora y no perder 1.800€ en costas o tener la posibilidad de recuperar 134.000 o en su defecto 35.000€ en el futuro si el TJUE lo declara nulo?





Todavía existe la posibilidad de que el TJUE vuelva a llevar la contraria al Supremo y falle a favor de las personas con IRPH y hay que valorar si usted está dispuesto a sacrificar la posibilidad de reclamar en el futuro esos importes tan elevados, a cambio de no ceder hoy en cantidades inferiores.










¿Cuál es la probabilidad de que declare nulo el IRPH el TJUE y en qué plazo?

A esta cuestión no le puede responder ninguna persona con garantías. Quizá se pronuncie en 1 año 2 o 3.



Solo se puede decir que no es la primera vez que el TJUE le da la vuelta a lo que dice el Supremo. Sucedió con las cláusulas suelo y la retroactividad total.



Para más información y consultar abogado: www.reclamapormi.com
Responder
jose · Alcorcón - Madrid · Jueves, 23 Nov. 2017 | 07:48:27 PM · resp. nº 353
Buenas tardes.
Le explico rápido mi caso.
Desde el año 2004 tengo hipoteca con UCI, y como no podía ser de otra forma, con IRPH. Y como en la mayoría de los casos, ni me hablaron de él (o no lo recuerdo) y supe lo que era meses después de haber firmado.
El caso es que el año pasado decidí consultar con un abogado amigo mío. Y leyendo sentencias anteriores, nos decidimos a atacar.
Resultado: la juez falló a mi favor en 1º instancia y condenó a UCI a novarme a euribor (sin diferencial) y a la devolución de todo lo cobrado en exceso + los intereses correspondientes. Esto fue hace un mes aprox. Como era de esperar, UCI reclamo a 2º instancia y presentó las alegaciones correspondientes. Mi abogado hizo lo propio hará una semana.

Y ahora que ???

Gracias !!! un saludo

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